domingo, 18 de abril de 2010

SOBERANIA

5. Soberanía:

Un poder soberano es aquel que se ejerce sin limitación alguna, es el poder supremo que no reconoce autoridad superior.

Existen dos tipos de soberanía: la interior, que es la que se ejerce dentro del estado y la exterior que es la supremacía del estado respecto de su territorio, o sea que ningún otro estado puede tener injerencia en los asuntos internos de otro estado.

Soberanía Interior:

Históricamente, ésta residía en el rey quien tenía poder ilimitado sobre la vida de sus súbditos. En los estados democráticos hay varias teorías acerca de dónde reside la soberanía. Para algunos reside en la Constitución, para otros en los tres poderes, y para otros en el pueblo.

Según nuestra constitución, artículo 33, la soberanía reside en el pueblo y es reforzado este concepto en la reforma constitucional de 1994, en el artículo 37 que hace referencia a los derechos políticos en respeto al principio de soberanía popular.

También es importante recordar que nuestra constitución establece que esa soberanía no se ejerce de manera directa sino a través de las autoridades que se elijan, tal cual lo establece el artículo 22 de la constitución nacional. Cualquiera que se atribuya los derechos del pueblo, comete el delito de sedición.

Hay algunos mecanismos de participación, como la consulta popular pero está sometido a la Constitución, por lo cual no es soberano en sí mismo, como tampoco lo son las asambleas constituyentes.

Soberanía Exterior:

Es la soberanía del Estado frente a los demás estados. Cada estado tiene derecho a ejercer el gobierno sobre su territorio sin ingerencias extranjeras. En nuestro caso existe un conflicto por el cual no es posible ejercer la soberanía en todo el territorio, por ello la reforma constitucional de 1994 incluyó una disposición transitoria (la número 1) que reivindica la soberanía sobre las Islas Malvinas como parte integrante del territorio nacional y constituye un objetivo permanente e irrenunciable del gobierno argentino.

Soberanía territorial, política y económica:

La soberanía territorial abarca tres aspectos: el terrestre, el marítimo y el aéreo. Esto implica que el Estado toma sus decisiones políticas en defensa de sus intereses económicos.

• Soberanía terrestre: incluye el suelo y el subsuelo hasta el centro de la tierra. Los límites son fijados de común acuerdo entre los estados. Nuestro país ha mantenido numerosos conflictos limítrofes con todos sus vecinos. La mayoría de estos conflictos están solucionados actualmente sólo subsisten dos: el de las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur actualmente usurpadas por el Reino Unido de Gran Bretaña y el territorio antártico sobre el que varias naciones superponen sus reclamos territoriales.

• Soberanía marítima: el territorio marítimo es la franja costera sobre las que las naciones ejercen su soberanía. Tradicionalmente la soberanía se limitaba a 12 millas desde la costa, en los últimos tiempos considerando la fauna marina y la preservación de los recursos naturales, esta franja se extendió a las 200 millas. Este principio es aceptado por la mayoría de las naciones, excepto las naciones pesqueras porque ven limitada así su área de acción. Nuestro país adoptó en 1966 e principio de las 200 millas y ejerce en esta zona los derechos de explotación económica otorgando permisos de pesca a las naciones que lo soliciten. El resto de los océanos, son mar internacional sobre el que ninguna nación puede ejercer soberanía.

• Soberanía aérea: El nacimiento de la aviación amplió el concepto de soberanía aérea al espacio aéreo, La soberanía aérea abarca el espacio de la atmósfera sobre el territorio del país. Este sistema regula los vuelos de las diferentes aeronaves respetando las normas de seguridad y el derecho internacional. El espacio exterior no está sujeto a la soberanía de ningún estado si bien algunos tratados han regulado su uso.

También se puede hacer referencia a otro tipo de soberanía como:

• Soberanía Económica: es la capacidad que tiene el estado para determinar por sí mismo la política económica en su territorio; esto implica la emisión de moneda, la existencia de aduanas, las leyes para regular las actividades económicas, los diferentes impuestos etc.

• Soberanía Cultural: que hace referencia a la preservación de las costumbres y tradiciones de un país, así como de su lengua, sus creencias.

domingo, 11 de abril de 2010

3. Conceptos de Pueblo, Nación y Estado

1. Pueblo:

Es aquel conjunto de personas que habitan en un mismo territorio. El término hace referencia al primer agrupamiento de familias o clanes que buscaba satisfacer sus necesidades en un determinado lugar denominado territorio al cual defendían fuertemente frente a ataques externos. Algunos ejemplos de pueblo son: los egipcios, los hebreos, los hititas etc.

En nuestro régimen constitucional hay dos acepciones para el término pueblo:

• En sentido amplio, son todos los habitantes del territorio argentino, es decir los ciudadanos y los que no lo son (por su edad o por ser extranjeros).

• En sentido estricto o restringido es el conjunto de los ciudadanos es decir los que están habilitados para votar.


2. Nación:

Es un concepto de tipo sociológico más que jurídico. Una nación es un conjunto numeroso de personas que comparten un destino común, que hablan una misma lengua, pueden profesar una misma religión, tienen costumbres semejantes, respetan los mismos próceres, porque han compartido una historia en la que han defendido los mismos ideales y objetivos.

A diferencia del anterior, este agrupamiento se encuentra nucleado alrededor de la cultura y el territorio no es lo principal. Es por ello que pueden existir naciones con o sin territorio y casos de países constituidos por diferentes naciones. Una nación que no tiene territorio actualmente son los gitanos. Como ejemplo de países con varias naciones en su interior podemos citar el caso de España (formado por vascos, catalanes, andaluces etc.) Gran Bretaña (escoceses, galeses, ingleses etc.)

La exaltación del concepto de nación, el “nacionalismo”, hace prevalecer los valores de unos grupos por encima de los valores de otros y puede engendrar el germen de guerras y persecuciones cuando comienza a convertirse en xenofobia o sea odio al extranjero.

3. Estado:

Es la organización más compleja, que tiene sus antecedentes en las civilizaciones antiguas. Partiendo del elemento cultural que caracteriza a la Nación, el estado se organiza a través de un sistema de instituciones que conforman el gobierno (organización política) alrededor de una estructura jurídica.

El Estado tiene tres elementos:

a) Territorio: es el espacio geográfico donde residen los habitantes y se ejerce el poder; está enmarcado por límites o fronteras.

b) Población: es el conjunto de habitantes estables que pueblan un territorio. Estos se clasifican en: nativos (los oriundos del país, que a su vez se dividen en: menores (hasta los 18 años) y adultos o ciudadanos (mayores de 18 años, también los ciudadanos por adopción (son aquellos que habiendo nacido en otro país obtienen la ciudadanía porque uno o ambos padres son nativos) y naturalizados (son aquellos habitantes extranjeros que realizan los trámites de ciudadanía después de haber reunido los requisitos de residencia) y extranjeros: son aquellos habitantes que provienen de otro país de origen por razones comerciales, de trabajo, de estudio, políticas, de tránsito, turismo etc.


c) Poder: esa relación de mando y obediencia entre quienes ostentan el poder y sus subordinados. El poder es el único elemento del Estado que tiene la condición de intangible, es decir que no se puede tocar ni ver. Como consecuencia de ello es que se expresa a través de un conjunto de instituciones establecidas en la constitución que conforman el Gobierno.

Formas de organización del Gobierno:

Según la distribución del elemento poder sobre el territorio de un Estado se clasifican en:

1) Centralizadas: es cuando las divisiones territoriales o provincias dependen del gobierno central; esto es que todas y cada una de las decisiones de las diferentes provincias o unidades territoriales requieren el permiso o se someten a la consideración del poder central y los funcionarios locales son delegados de éste. Esta forma también es conocida como unitaria. Por ejemplo Chile, Francia.

2) Descentralizadas: es cuando las divisiones territoriales no son dependientes del poder central y se pueden clasificar en:

• Confederación: es cuando las divisiones territoriales son absolutamente independientes del poder central, manteniéndose unidas por cuestiones étnicas, militares, económicas. Cada uno de los estados miembros cuenta con el derecho de secesión, es decir la facultad de separarse de la Confederación cuando ya no persiga los mismos fines sin que deje por ello de existir la Confederación.

• Federal: es cuando las divisiones territoriales son autónomas del gobierno central, es decir eligen a sus propias autoridades, toman sus propias decisiones y hasta pueden celebrar tratados internacionales con otros países siempre y cuando no entren en conflicto con las decisiones de la Nación.

• Regional: sus divisiones territoriales son autónomas como en el caso anterior pero están sujetas a criterios geográficos y / o culturales y por lo general no cuentan con poder judicial local.

Otra forma de clasificar las formas de gobierno es:

• Sistema Presidencialista: da al jefe de gobierno o presidente una gran autonomía. Sólo responde de sus actos ante el pueblo y dentro de sus atribuciones puede ejercer su mandato con plena libertad política.

• Sistema Parlamentario: generalmente se basa en la separación de los cargos de Jefe de Gobierno y Jefe de Estado. En este sistema el Jefe de Gobierno se somete al Parlamento y debe rendir cuentas ante éste de sus actos de gobierno. Cuando pierde la confianza del Parlamento debe renunciar o llamar a elecciones anticipadas.

Nuestra forma de gobierno:

Según la Constitución Nacional nuestro país adopta como forma de gobierno, la representativa, republicana y federal.

La forma republicana se caracteriza por:

a) representación: la población gobierna a través del voto
b) periodicidad: los mandatos de los representantes son limitados en el tiempo.
c) Responsabilidad: el gobernante elegido por el pueblo es responsable de sus actos de gobierno y si comete algún delito debe responder por el mismo.
d) División de poderes: diferentes órganos de gobierno deben repartirse equilibradamente el poder.
e) Publicidad de los actos de gobierno: los actos del gobierno deben ser públicos y cualquier ciudadano tiene derecho a saber lo que los gobernantes hacer.
f) Libertad de expresión: todos tienen derecho a expresar sus ideas y opiniones así sean contrarias al gobierno.
g) Respeto a los derechos individuales.

El sistema es federal porque cada provincia puede elegir sus propias autoridades.

4. Estados Supranacionales:

En el mundo actual los grandes bloques económicos van formando nuevos estados. Estos estados supranacionales (porque abarcan varias nacionalidades) son una realidad que tendrá cada día más vigencia. Los modos de producción actuales requieren a diario espacios económicos más grandes. Algunos ejemplos de los estados supranacionales son: La Comunidad Económica Europea, el Nafta, el MERCOSUR.